Desde antes de la invasión musulmana a la Hispania visigoda, los judíos formaron numerosas y prósperas comunidades relativamente autónomas, gobernadas por un consejo propio, cuyos miembros solían vivir en juderías cerca de la sinagoga, de las escuelas rabínicas o de las carnicerías y tiendas donde se abastecían de los alimentos preparados según las prescripciones de la ley mosaica. En estas aljamas medievales se regía la vida de sus miembros, se vigilaba tanto sus costumbres y tradiciones como su moral, a fin de que se ajustasen a lo establecido, practicaban un activo proselitismo, presentándose, la religión judaica, como una seria competidora del cristianismo, lo que hizo que se propusiese combatir activamente sus avances.
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Ya en el año 506, el Breviario de Alarico, ley romana visigoda, prohibía los matrimonios mixtos, la edificación de nuevas sinagogas o la posesión de esclavos cristianos, entre otras muchas cosas, y se castigaba duramente al cristiano que se convirtiese al judaísmo. Sin embargo, las mismas leyes visigodas les permitían restaurar las sinagogas ya existentes y mantener sus propios tribunales para resolver asuntos religiosos, e incluso civiles.

Todo cambió en el reinado de Recaredo, en el momento en que, formalmente, en el III Concilio eclesiástico de Toledo, se convierte al catolicismo, es decir, tratando de crear una sociedad lo más homogénea posible, optó por una visión más realista y convirtió a los visigodos al catolicismo, lo que provocó que las leyes antijudías se endurecieran significativamente y se produjeran numerosas conversiones forzosas, lo que motivó que gran número de judíos abandonasen el reino, instalándose en el norte de África.
La desconfianza hacia los cada vez más numerosos conversos provocará una oleada de persecuciones por parte del monarca visigodo Sisebuto que desembocará en la opción de realizar, por parte de los judíos, un juramento especial al que denominaron “placitum” y que consistía en conversiones masivas rechazando públicamente su antigua religión.
La presión ejercida sobre los que se mantenían fieles a su religión se convirtió en insostenible, y será el rey Égica quien se ensañará con estas minorías, dictaminando en el año 694, la esclavitud de judíos y conversos.
La invasión musulmana de 711 significó el fin de las persecuciones por parte de monarcas visigodos e iglesia católica, e incluso se llegó a decir que fueron los propios judíos quienes se aliaron a los musulmanes para destruir a los cristianos, pero lo que si es cierto es que colaboraron en la custodia de ciudades como Córdoba, Sevilla, Granada o Elvira.

Los musulmanes consideraban que cristianos y judíos eran merecedores de un trato especial, tenían garantizada la vida, la propiedad de sus bienes y la libertad de culto, así como un alto grado de autonomía jurídica que se concretó en la organización de sus comunidades en aljamas con sus propios magistrados y se regían por sus propias normas jurídicas, basadas en la Halajá o “Ley Judía”. Por el contrario, estaban sujetos a impuestos extraordinarios, debían aceptar una situación social inferior y someterse a discriminaciones diversas. Teniendo negado el acceso a la mayor parte de los cargos públicos, no podían acceder a funciones militares ni políticas en que tuvieran jurisdicción sobre musulmanes. La discriminación institucionalizada en asuntos relevantes como las habituales acusaciones de blasfemia terminaba en muerte, tampoco podían testificar en un tribunal para defenderse, por lo que debían convertirse al Islam para salvar la vida, y de igual manera, eran castigados con la muerte si mantenían relaciones sexuales o se casaban con una musulmana.

En el momento en que comienzan las invasiones de los almorávides sobre el año 1086, la situación de los judíos en Al-Ándalus irá empeorando debido al rigorismo religioso de estos monjes-soldados surgidos de grupos nómadas provenientes del Sáhara, y será más tarde con los almohades, cuando esa situación se haga más difícil aún, por ser más extremistas y menos tolerantes con los judíos, lo que provocará un éxodo masivo hacia los reinos cristianos del norte.
Las comunidades judías fueron de las más prósperas de Europa, ejercieron el poder tributario como recaudadores, tesoreros y administradores. Sus puestos, próximos a reyes, nobles y prelados, eran indispensables, y el campo de la medicina era exclusivo de los judíos, así mismo, fueron transmisores de conocimientos; recopilaron, tradujeron y divulgaron todo el saber humano de la época. El enriquecimiento en toda Europa en el siglo XV, favoreció la creación de una incipiente burguesía urbana, donde los judíos conversos o no, formaban una sociedad más culta, rica y trabajadora. Si bien el judío era indispensable para la clase alta, para la clase baja se les veía como explotadores y se les odiaba, motivos por los cuales el clero aprovechaba para propagar el antisemitismo.

Durante la Europa bajomedieval surgieron los denominados libelos de sangre, se trataba de escritos o informes en los que se difamaba y acusaba falsamente a los judíos de asesinar, principalmente, niños cristianos, a fin de utilizar su sangre para rituales religiosos en la festividad de Pésaj, en la que se conmemora la liberación del pueblo hebreo de la esclavitud de Egipto.
El miedo de los “cristianos viejos” a ver desvirtuada su fe, así como de una inconfesada envidia y resentimiento de clase, fue un magnífico caldo de cultivo que favorecería la aparición de los estatutos de limpieza de sangre, con una primera Sentencia-Estatuto de Toledo en 1449, es decir, una ordenanza de exclusión de los judíos de los cargos y regidurías en la ciudad de Toledo, un auténtico mecanismo de discriminación para excluir socialmente a las minorías de conversos, ya fueran de origen judío, por sospechar de prácticas en secreto de la Ley Judía, de origen musulmán o con antecedentes con la Inquisición.
Durante el Antiguo Régimen se estableció en la península ibérica el epíteto de “marrano” para designar a los antiguos judíos, tal vez basados en la tradicional repugnancia judaica a consumir carne de cerdo, que por cierto fue una de las últimas costumbres hebreas abandonada por los conversos, y el de “morisco” para los antiguos musulmanes convertidos al cristianismo
Uno de los casos más conocidos en España de libelo de sangre es el del martirio del “Santo Niño de la Guardia” que ha estado muy arraigado en la cultura religiosa española. Este mito de un supuesto asesinato-ritual a un niño sometido a un proceso que imitaba el juicio de Jesucristo, en la localidad toledana de La Guardia a finales de 1480, surge en el momento en que varios conversos, tras asistir a un auto de fe en Toledo, planearon vengarse de los inquisidores mediante artes de hechicería, para lo que necesitaban una hostia consagrada y el corazón de un niño inocente.
Todo ello tuvo como consecuencia que varios judíos y judeoconversos fueran mandados a quemar a la hoguera en 1491, aun no habiendo aparecido nunca el cuerpo del infante ni haberse denunciado desaparición alguna por parte de su familia, pero, en cambio, si fue explotado por la Inquisición para contribuir a crear un ambiente favorable a la inminente expulsión de los judíos de España.
Tanto el arte como la literatura se han hecho eco de esta leyenda a lo largo de la historia y autores como Lope de Vega o Gustavo Adolfo Bécquer escribieron obras inspirándose en esta apología de la Inquisición.
A finales del siglo XV, por motivos estrictamente económicos, la nobleza se vio emparentada con los judíos y los reyes Isabel y Fernando defendían la importancia de éstos dentro de la economía del Estado e incluso los apoyaban ante las persecuciones masivas y gozaban de la confianza de los monarcas, pero fueron por presiones eclesiásticas y populares cuando se produce la expulsión de conversos antiguos, recientes y judíos practicantes no convertidos al cristianismo.
Los estatutos de limpieza de sangre fueron puestos sucesivamente en vigencia en el XVI en todas las congregaciones religiosas, así como en un gran número de Colegios Mayores, Universidades, Órdenes Militares y poco a poco fue imponiéndose al resto de la sociedad y convirtiéndose en la única vía de ascenso y prestigio social o salida de los oficios tradicionales para conversos y “cristianos viejos”
Los procesos contra judaizantes fueron muy raros en el siglo XVII, y en el XVIII aunque la Ilustración era claramente contraria a los estatutos de limpieza de sangre por ser un obstáculo al desenvolvimiento del mérito personal, los recelos siguieron rodeando a las familias de las que se sospechaba un origen judío o que tuviesen un antepasado penitenciado por la Inquisición. Las Cortes de Cádiz suprimieron el Tribunal de la Inquisición y eximieron de toda información para ejercer cualquier profesión, carrera u oficio, excepto a los aspirantes a ingresar en el ejército y la marina cuyas “informaciones de limpieza” fueron definitivamente suprimidas por ley en 1865.
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